A partir del 9 de agosto del corriente año todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia provincial, así como, en su caso, los órganos de gobierno de esta Suprema Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios a la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, en el marco de una causa judicial y/o administrativa ya iniciada, en formato digital, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas

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